Seamos claros, en accidentes con daños materiales de intensidad, a las compañias de seguro les "encanta" declarar los daños de un vehículo siniestro total; es decir, manifestar al perjudicado que la reparación del vehículo es antieconómica, al superar el valor de la reparación el propio que tendría un vehículo similar en el mercado de segunda mano.
Pero se han de analizar, con cautela, los dos requisitos remarcados; pues por esta vía, la Aseguradora realmente lo que está haciendo es anteponer sus intereses económicos al derecho del perjudicado a que se le repare el daño de forma íntegra.
El concepto "siniestro total", por si mismo es adecuado y correcto en determinados casos, pero no en todos. La "trampa" de las Aseguradoras es, por un lado, valorar al alza el importe de la reparación (lo cual es sencillo acudiendo a las tarifas oficiales de las marcas de vehículos y teniendo en cuenta que hoy en dia, más que reparar, se cambian piezas rotas por otras nuevas) , y por otro, tomar como "valor de mercado de un vehículo similar" el que le ofrece el tasador por ella designado tomando como referencia publicaciones estadísticas de precios medios de vehículos, tipo EUROTAX o GANVAM.
Pero se han de analizar, con cautela, los dos requisitos remarcados; pues por esta vía, la Aseguradora realmente lo que está haciendo es anteponer sus intereses económicos al derecho del perjudicado a que se le repare el daño de forma íntegra.
El concepto "siniestro total", por si mismo es adecuado y correcto en determinados casos, pero no en todos. La "trampa" de las Aseguradoras es, por un lado, valorar al alza el importe de la reparación (lo cual es sencillo acudiendo a las tarifas oficiales de las marcas de vehículos y teniendo en cuenta que hoy en dia, más que reparar, se cambian piezas rotas por otras nuevas) , y por otro, tomar como "valor de mercado de un vehículo similar" el que le ofrece el tasador por ella designado tomando como referencia publicaciones estadísticas de precios medios de vehículos, tipo EUROTAX o GANVAM.
En juicio, estos peritos siempre nos alegan y justifican que estas publicaciones tienen dos apéndices, uno para valores de compra por el profesional (más baratos) y otro para valores de compra por el particular (algo más altos). Sin embargo, la realidad es bien distinta; intente Vd. comprar un vehículo usado en un concesionario o profesional a precio de Eurotax para particular; si lo consigue será afortunado, pues son precios muy bajos.
Jueces y Tribunales lo tienen bastante claro, y conocedores de las pocas bondades de las Aseguradoras, normalmente incrementan estas valoraciones al alza aplicando lo que se denomina un porcentaje o valor de afeccion sobre el vehículo; esto es, un mayor valor (entre un 30 y un 50%) del valor venal ofrecido por la Aseguradora, como modo de compensar estas diferencias valorativas.
A nuestro criterio, no sólo se ha de reclamar el valor de afección, sino también aquellos gastos extraordinarios inherentes a la adquisicion de ese hipotético vehículo de similares características; esto es, gastos de matriculación y entrega, revisión previa de su estado, e, incluso, la contratación de una garantía mecánica que cubra los posibles vicios ocultos de este nuevo vehículo.... La otra opción, -que hemos defendido con éxito-, es la solicitud al Juez de la reparación íntegra, acreditando bien el estado de conservación anterior del vehículo; bien su peculiaridad; bien su valor afectivo especial, en aquellos vehículos clasicos o familiares.
En el caso de que tengamos en nuestro seguro la garantía de daños propios , el enfoque es otro, ya que entran en juego las cláusulas que han configurado el seguro. Normalmente las aseguradoras limitan la indemnizacion a valor de nuevo sólo en los primeros años de vida de la póliza, para a continuación fijar indemnizaciones proporcionales al valor venal del vehículo. Es decir, otra vez una cuestión valorativa (el precio de un vehículo similar en el mercado a la fecha del siniestro), y por tanto discutible. Además, se ha de analizar si las claúsulas que le quieren aplicar han sido correctamente redactadas y aceptadas, lo cual no ocurre en todos los casos.
En definitiva, si ha sufrido daños materiales y le ofrecen una indemnización por "siniestro total", consúltenos gratuitamente su caso. Valoraremos la viabilidad de obtenerle la mejor indemnización.